La nueva legislación uruguaya sobre marihuana y sus derivados
El Uruguay ha sido el primer país en pasar de lo declarativo a la acción, presentando una iniciativa integral y de carácter nacional que retoma el papel central del Estado.
Sin abandonar la función represiva – hacia el narcotráfico, no hacia los usuarios–, concibe el uso de sustancias psicoactivas como un problema de salud pública que exige, por lo tanto, un abordaje predominantemente sanitario.
El proceso de discusión de la ley fue altamente participativo, de modo que el artículo único – con el que el Poder Ejecutivo envió la iniciativa al Parlamento, como puntapié inicial provocador de intensos debates en el seno de la sociedad civil, de los partidos políticos y del propio Parlamento, que consultó a la academia, a organizaciones sociales de usuarios, a instituciones públicas y privadas con competencia en la materia etc., todo dentro del libre juego de la democracia, – cristalizó en la aprobación de una ley de 44 artículos, omnicomprensiva de los diversos procesos de control y regulación del uso del cannabis, ahora a cargo del Estado.
Los aspectos sobresalientes de la nueva ley son:
- Estrategia de Reducción de Riesgos y Daños (RRDD)
- Tres formas de acceso al cannabis
- Organismo rector del sistema
- Algunas respuestas ante cuestionamientos sinceros o tendenciosos
- Las políticas de RRDD desde una perspectiva sanitaria
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