En Colombia, la corte rechaza la penalizacion de la dosis mínima de sustancias alucinógenas
La Corte Constitucional de Colombia rechazó el recurso presentado por la Procuraduría General de la Nación que buscaba penalizar nuevamente la dosis mínima de sustancias alucinógenas, al presentar una solicitud para decretar la nulidad de la sentencia C-491 del 2012.
En esta sentencia C-491, la Corte Constitucional había condicionado la exequibilidad del artículo 11 de la Ley de Seguridad Ciudadana (Ley 1453 del 2011), señalando que quienes porten un gramo de cocaína o 22 de marihuana, no pueden ser catalogados como delincuentes sino como enfermos, hecho por el cual no pueden ser detenidos.
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