Consenso para despenalizar el consumo en Argentina
Las tres principales fuerzas políticas de la Cámara de Diputados confeccionaron ayer el borrador de un proyecto de ley para despenalizar la tenencia de drogas para uso personal. El contenido del texto, al que tuvo acceso este diario, fue consensuado por el radical Ricardo Gil Lavedra, la oficialista Diana Conti y Victoria Donda, del Frente Amplio Progresista, junto a los titulares de las comisiones de Prevención de las Adicciones y Control del Narcotráfico y Legislación Penal. “Se permiten todos los actos derivados del consumo, tanto la tenencia de drogas como el cultivo de marihuana y las semillas”, confió Gil Lavedra. “Y cambia el paradigma sobre la tenencia simple (o sin finalidad): si tenés es porque consumís y es el fiscal el que tiene que probar el delito de comercialización”, agregó Donda. Por su parte, Conti adelantó: “El próximo 31 de mayo comenzará a trabajarse el borrador en un plenario de comisiones”.
La elaboración de este proyecto de reforma de la ley 23.737 se gestó el lunes pasado en el despacho de Gil Lavedra, y además de los diputados mencionados, estuvieron Fabián Peralta, del GEN, ex titular de la Comisión de Prevención de Adicciones; el actual vicepresidente de esa comisión, el oficialista Horacio Pietragalli, y su colega de bancada Oscar Albrieu, titular de la Comisión de Legislación Penal. Allí se analizaron los proyectos presentados en la Cámara de Diputados y también la propuesta de ley integral que envió al Senado semanas atrás Aníbal Fernández.
“Fue una buena reunión porque se incorporaron varias modificaciones a un proyecto que había presentado Gil Lavedra y que eran pedidas por las organizaciones cannábicas”, comentó Donda. Luego de discutir sobre los inconvenientes de fijar cantidades mínimas para la tenencia para uso personal y el autocultivo, se propusieron penas de tres a quince años en caso de que existan pruebas de comercio. “Esto deja claro que no se puede allanar a un cultivador cuando no hay pruebas de que vende”, dijo Donda. La pena mínima es excarcelable y apunta a las “mulitas” que trafican pequeñas cantidades y, en general, son personas de bajos recursos.
La producción, almacenamiento, transporte y distribución de sustancias ilegales seguiría penada cuando la finalidad sea el comercio. Y si el responsable realiza una actividad que precise autorización, licencia o habilitación del poder público (funcionarios o policías, por ejemplo) “se le aplicará inhabilitación especial de cinco a quince años”. En el caso del desvío de precursores químicos legales para fabricar sustancias ilícitas, “el máximo de la escala penal será aumentado en un tercio”.
No se castigará el consumo en la vía pública mientras no afecte la salud de terceros, salvo que se “incite o induzca” a un menor de edad a consumir. En ese caso, la pena sería de uno a tres años. Además, “no podemos penar la apología cuando el mensaje está dirigido a mayores de edad que tienen la madurez para hacer lo que quieran. Esto quedó claro con el caso de (Andrés) Calamaro”, comentó Gil Lavedra.
El jefe del bloque radical coincidió con los demás diputados en derogar todos los artículos que judicializan la atención médica a los usuarios y propuso, en el caso de las personas privadas de su libertad, que el tiempo en que estén bajo tratamiento médico por su consumo problemático les sea computado como parte del cumplimiento de la pena de reclusión que afrontan.
Cuando la tenencia de drogas, por su cantidad y demás circunstancias sugiera que no es para uso personal, las penas serás de uno a seis años. La ley actual castiga con la misma pena a “quien tuviere en su poder estupefacientes”, obligando al acusado a demostrar que es para su consumo, si quiere reducir el castigo. Esta figura, conocida como tenencia simple, era una de las más criticadas por usuarios y especialistas, ya que viola el principio de inocencia. La nueva propuesta invierte los términos: la fiscalía debería probar que esa sustancia no es para uso personal. Luego de la exposición mediática, las marchas y los reclamos por las penas de prisión que recibían los cultivadores por tener plantas, sin importar la finalidad, como indica el artículo quinto de la ley actual, se propuso agregar a este artículo los “fines de comercialización” como requisito punitorio. “Todavía faltan pulir algunos aspectos, pero hay un acuerdo base sobre varias cuestiones”, comentó Conti, quien viene presentando proyectos sobre despenalización y uso del cannabis para fines medicinales desde el 2004.
La discusión sobre la despenalización se revitalizó este año con la presentación del proyecto de Aníbal Fernández, elaborado junto a un prestigioso comité de jueces, sanitaristas y sociólogos durante cinco años. Mañana habrá un reunión entre el senador y los legisladores que promueven esta reforma. “El proyecto fue un consenso de diputados, vamos a tener un encuentro de intercámara en vista al trámite parlamentario en el Senado, que va a ser más complejo”, indicó el senador kirchnerista a Página/12. Luego, el 31 de mayo, se debatirá en un plenario de las comisiones de Legislación Penal y Prevención de las Adiciones con vista a conseguir un dictamen para llevar la despenalización al recinto.
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